¿Cuánto Dura una Medida Perimetral en Argentina?

Respuesta rápida

En la mayoría de los casos, una medida perimetral u orden de protección se dicta inicialmente por un plazo de entre 3 y 6 meses, y puede prorrogarse mientras subsistan las circunstancias que justificaron su dictado. El juez fija el plazo concreto en cada caso, y en situaciones graves puede disponerla por períodos mayores o renovarla varias veces.

Importante: el plazo concreto depende del juzgado, la jurisdicción (CABA, Provincia de Buenos Aires, fuero civil de familia, fuero penal) y de la gravedad y persistencia de los hechos. No existe un “plazo único” legal obligatorio.

¿Qué es una medida perimetral?

La medida perimetral (también llamada “orden de protección” o “exclusión perimetral”) es una medida cautelar dictada por un juez que prohíbe al agresor:

  • Acercarse a la víctima a una distancia mínima (por ejemplo, 200 o 500 metros)
  • Acercarse al domicilio, lugar de trabajo o estudio de la víctima
  • Acercarse a los hijos si los hay
  • Contactar a la víctima por cualquier medio (telefónico, mensajes, redes sociales, terceros)

Se dicta en el marco de la Ley 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, y de las leyes provinciales y nacionales sobre violencia familiar (Ley 24.417 en lo aplicable).

Plazos típicos

Los plazos varían, pero los rangos más frecuentes en la práctica son:

  • Plazo inicial: entre 3 y 6 meses. En algunos juzgados de CABA se dicta por 90 días renovables.
  • Prórrogas: el juez puede prorrogar la medida las veces que sea necesario mientras se acrediten circunstancias que justifiquen mantenerla. No hay un tope legal absoluto.
  • Casos graves: en situaciones de riesgo alto, antecedentes penales o persistencia de la conducta, la medida puede extenderse por períodos mucho mayores o tornarse de hecho permanente.

¿Cómo se solicita una prórroga?

Antes del vencimiento, la persona protegida debe presentar al juzgado un escrito solicitando la prórroga y acreditando que las circunstancias de riesgo subsisten: persistencia de la conducta del agresor, intentos de contacto, antecedentes penales, informes psicológicos, denuncias adicionales, etc.

No esperar al vencimiento: es conveniente pedir la prórroga antes de que la medida caduque para evitar quedar sin protección.

¿Qué pasa si el agresor no cumple la perimetral?

El incumplimiento de una medida perimetral tiene consecuencias graves:

  • Delito penal: puede configurar el delito de desobediencia a la autoridad (Art. 239 del Código Penal), con pena de prisión.
  • Detención inmediata: si la víctima llama al 911 y la fuerza policial constata el incumplimiento, puede proceder a la detención.
  • Endurecimiento de la medida: el juez puede ampliar el perímetro, extender el plazo o disponer dispositivos electrónicos de monitoreo (“tobillera”).
  • Impacto en otros procesos: el incumplimiento es prueba relevante en juicios de divorcio, cuidado personal y régimen de comunicación con los hijos.

¿Cómo se solicita la medida perimetral?

  1. Denuncia previa: en comisaría, en la Oficina de Violencia Doméstica (OVD) de la Corte Suprema en CABA, o directamente ante el Juzgado Civil de Familia.
  2. Pedido de medidas cautelares: se solicita junto con la denuncia o en escrito separado, indicando los hechos, las pruebas (testigos, fotos, mensajes, partes médicos) y el peligro concreto.
  3. Resolución urgente: el juez debe resolver en horas o días (no semanas). Las medidas se dictan inaudita parte (sin escuchar al denunciado).
  4. Notificación al agresor: la medida se notifica con copia de la resolución. A partir de ese momento queda obligado a cumplirla.

Patrocinio gratuito: en CABA, la víctima puede acceder a patrocinio jurídico gratuito a través del Patrocinio Jurídico Gratuito de la Facultad de Derecho UBA, la Defensoría General de la Nación y las defensorías zonales del barrio.

Preguntas frecuentes

¿La perimetral se extiende automáticamente?

No. Si no se solicita la prórroga antes del vencimiento, la medida caduca. Hay que renovarla expresamente.

¿Puede el agresor pedir que se levante la medida?

Sí, pero debe presentar pruebas concretas de que las circunstancias cambiaron. El juez evalúa el riesgo y puede mantenerla, modificarla o levantarla.

¿La perimetral incluye a los hijos?

Si los hijos están en situación de riesgo, sí. La medida puede prohibir el contacto del agresor con los hijos hasta que se evalúe el régimen de comunicación bajo modalidad supervisada.

¿Cuánto tarda una perimetral en dictarse?

En situaciones de urgencia, el juez la dicta en horas o pocos días. Las medidas previstas en la Ley 26.485 se resuelven con carácter inmediato.

Conclusión

En Argentina la medida perimetral suele durar entre 3 y 6 meses iniciales, prorrogables las veces necesarias. El plazo concreto lo fija el juez en cada caso. Lo crucial no es la duración inicial sino pedir la prórroga antes del vencimiento mientras subsista el riesgo, y denunciar cualquier incumplimiento de inmediato.

Sobre la autora

Dra. Maria Andrea Esparza

Especialista en derecho de familia, sucesiones y derecho internacional privado. Más de 25 años de experiencia. Directora Adjunta del Instituto de Derecho Internacional Privado.

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