Respuesta rápida
Una medida perimetral (también llamada orden de restricción o restricción de acercamiento) se pide al denunciar la situación de violencia: en CABA ante la Oficina de Violencia Doméstica (OVD), en cualquier comisaría, o directamente ante el juzgado de familia. La denuncia es gratuita, no exige abogado ni prueba acabada, y en casos urgentes el juez dicta la medida en horas o pocos días.
Si está en peligro ahora, llame al 911. La línea 144 brinda orientación en violencia de género las 24 horas.
Dónde se pide, según dónde esté
- CABA — Oficina de Violencia Doméstica (OVD): Lavalle 1250, atiende las 24 horas, todos los días. Es la vía más completa: un equipo interdisciplinario (abogados, médicos, psicólogos, trabajadores sociales) toma la denuncia, evalúa el riesgo el mismo día y deriva el caso al juzgado con un informe que respalda el pedido de medidas.
- Cualquier comisaría o comisaría de la mujer: la denuncia policial se remite al juzgado competente, que resuelve las medidas de protección.
- Juzgado de familia directamente: con patrocinio de un abogado se presenta la denuncia con el pedido de medidas cautelares. Es la vía habitual cuando la situación se enmarca en un conflicto de familia ya judicializado (divorcio, alimentos, cuidado personal).
- Provincia de Buenos Aires: comisarías de la mujer y la familia, fiscalías y juzgados de familia o de paz según el partido.
Qué pruebas conviene llevar
La ley no exige prueba acabada para dictar una medida urgente: alcanza con un relato verosímil de los hechos y del riesgo. Pero todo elemento suma fuerza al pedido:
- Mensajes, audios y correos amenazantes; capturas de pantalla de redes sociales
- Partes médicos y constancias de guardia por lesiones
- Fotos de lesiones o daños
- Testigos (vecinos, familiares, compañeros de trabajo)
- Denuncias anteriores, aunque no hayan prosperado
El trámite, paso a paso
- Denuncia: en la OVD, comisaría o juzgado. Se relatan los hechos, se identifican agresor y grupo familiar, y se deja constancia del riesgo.
- Pedido de medidas: junto con la denuncia (o por escrito separado) se solicita la prohibición de acercamiento y contacto; puede pedirse también la exclusión del hogar, la restitución de efectos personales y un régimen provisorio de alimentos y comunicación con los hijos.
- Resolución urgente: el juez resuelve inaudita parte (sin escuchar antes al denunciado), en horas o pocos días según la urgencia.
- Notificación: la medida se notifica al agresor; desde ese momento queda obligado a cumplirla y su violación configura desobediencia (art. 239 del Código Penal).
- Seguimiento: la medida se dicta por un plazo (habitualmente 3 a 6 meses) y debe prorrogarse antes del vencimiento mientras subsista el riesgo. Vea ¿cuánto dura una perimetral?
¿Cuánto cuesta? Patrocinio gratuito
La denuncia no tiene costo y no requiere abogado. Para sostener el expediente (prórrogas, incidentes, medidas complementarias) sí se necesita patrocinio letrado, que puede ser gratuito: en CABA, el Patrocinio Jurídico Gratuito de la Facultad de Derecho (UBA), la Defensoría General de la Nación y las defensorías zonales; en Provincia, las defensorías oficiales departamentales. También puede optar por un abogado particular de confianza, especialmente si la perimetral se cruza con un divorcio, alimentos o cuidado personal en trámite.
¿Cómo saber si hay una perimetral vigente?
Otra consulta frecuente, desde ambos lados de la medida:
- Si usted la pidió: el juzgado le notifica la resolución con el plazo. Puede consultar el estado del expediente en la mesa de entradas del juzgado o a través de su abogado.
- Si cree que hay una en su contra: para ser exigible, la medida debe habérsele notificado formalmente (cédula, notificación policial o en audiencia). No existe un registro público online de consulta libre: la verificación se hace en el juzgado de familia de la jurisdicción, personalmente o mediante abogado.
Preguntas frecuentes
¿Pueden pedir una perimetral los varones o solo las mujeres?
Cualquier persona en situación de violencia familiar puede pedir medidas de protección. La Ley 26.485 protege específicamente a las mujeres, pero la Ley 24.417 de Protección contra la Violencia Familiar y los códigos procesales amparan a todo integrante del grupo familiar, incluidos varones, niños y adultos mayores.
¿La perimetral puede incluir a mis hijos?
Sí. Si los hijos están en riesgo, la medida puede prohibir también el acercamiento a ellos y a su escuela, y el juez puede fijar un régimen de comunicación supervisado mientras dure la medida.
¿Qué pasa después de que me la otorgan?
Guarde copia de la resolución, tenga el número de expediente a mano y, ante cualquier incumplimiento, llame al 911 y denúncielo en el juzgado: el incumplimiento es un delito y habilita a endurecer la medida. Y recuerde pedir la prórroga antes del vencimiento; la medida no se renueva sola.
¿Se puede levantar después?
Sí, por orden judicial, a pedido de cualquiera de las partes y con prueba del cambio de circunstancias. Lo explicamos en detalle en ¿se puede levantar una perimetral?
Conclusión
Pedir una perimetral es gratuito, rápido y no exige prueba acabada: la vía más efectiva en CABA es la OVD (Lavalle 1250, 24 horas), y en urgencias el 911. Con la medida dictada, lo decisivo es documentar todo incumplimiento y pedir la prórroga a tiempo. Si la situación se cruza con un divorcio, alimentos o el cuidado de los hijos, conviene una estrategia legal integral.